YVKE.-El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratifica la decisión del juzgado de juicio que condenó Raúl Emilio Baduel y Alexander Tirado a ocho años de prisión por la comisión de los delitos de instigación pública, intimidación pública y agavillamiento.
Una nota de prensa del TSJ señaló que la Sala de
Casación Penal Accidental, con ponencia de su presidente, magistrado
Maikel Moreno, desestimó por manifiestamente infundado el recurso
interpuesto por la defensa de los ciudadanos antes mencionados en el que
solicitaban la anulación de la decisión de la Corte de Apelaciones del
Circuito Judicial Penal del estado Aragua, que declaró sin lugar el
recurso de apelación y confirmó dicha condena.
La Sala del TSJ constató en la sentencia N° 051
una evidente contradicción en los argumentos de los accionantes, pues
aunque señalaron una presunta omisión por parte de la Corte de
Apelaciones al resolver la denuncia planteada en apelación, admitieron
la existencia de una decisión emitida por la instancia, pero al resultar
dicho pronunciamiento contrario a sus intereses le atribuyeron un vicio
de forma subjetiva sin mostrar a la Sala una circunstancia que
ameritara la revisión del fallo objetado.
El TSJ afirmó que la defensa de los detenidos
intentó cuestionar el análisis de las evidencias, realizado por el
tribunal de juicio y que no puede ser atribuible a la Corte de
Apelaciones.
Asimismo, se reiteró en el dictamen la necesidad
de la exigencia de la debida fundamentación del recurso de casación, al
no ser meras formalidades sino requisitos inexcusables.